Disposición final cuarta. Adaptación de normas.
Disposición final cuarta de la Ley 8/2015, de 15 de octubre, del Estatuto de las Mujeres Agricultoras. · BOE-A-2015-11599
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-22.
Texto consolidado
Las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus territorios históricos aprobarán las modificaciones necesarias en sus normas para adaptarlas a lo previsto en la presente ley en el plazo de tres años desde su entrada en vigor, sin perjuicio de las facultades que correspondan en cada caso a los territorios históricos.