Disposición final cuarta. Modificación del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Disposición final cuarta de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1626
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-02.
Texto consolidado
1. El párrafo m) del artículo 14 del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, se modifica como se indica a continuación:
«m) Una vocalía en representación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias.»
2. El párrafo m) del artículo 14 del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, pasará a ser el párrafo n).
3. Se añade un párrafo k) en el artículo 15 del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, con el siguiente contenido:
«El nombramiento para el/la representante del apartado m) se hará a propuesta de la organización más representativa del sector de la discapacidad.»
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- Ver la norma completa: Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha.