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Ley Vigente

Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 25/1997, de 26 de diciembre, de regulación del Servicio de Atención de Urgencia 1-1-2.

Disposición final cuarta de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2006-3667

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-30.

Texto consolidado

Uno. Se modifica la letra n) del apartado 2 del artículo 6 de la Ley 25/1997, de 26 diciembre, reguladora del Servicio de Atención de Urgencias 1-1-2, que queda redactada de la siguiente manera:

«n) Organismos y servicios de protección integral contra la Violencia de Género.»

Dos. Se introduce una nueva letra o) en el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 25/1997, de 26 diciembre, reguladora del Servicio de Atención de Urgencias 1-1-2, con el siguiente contenido:

«o) En general, todas aquellas organizaciones cuya finalidad se vincule a la seguridad de las personas, al pacífico disfrute de sus bienes y derechos y al mantenimiento de la normalidad ciudadana.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-30.

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