Disposición final cuarta. Declaración de grandes consumidores.
Disposición final cuarta de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca. · BOE-A-2019-3705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la ley, los establecimientos industriales, los del sector servicios y las empresas de transporte privado de mercancías y pasajeros afectados por esta norma deberán remitir telemáticamente al departamento competente en materia de energía del Gobierno Vasco una declaración responsable relativa al grupo y a la tipología en los que se encuadran, todo ello sin perjuicio del ejercicio de la potestad inspectora que incumbe al mencionado departamento.