Disposición final cuarta. Modificación del artículo 56.2.b.1 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.
Disposición final cuarta de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. · BOE-A-2015-4103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-19.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 56.2.b.1 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, que pasa a tener la siguiente redacción:
«b.1) Solo podrá realizarse sobre cuarteles de caza específicos, debidamente señalizados, y con baja densidad de poblaciones cinegéticas naturales. En el caso de encontrarse en terrenos en los que habite fauna amenazada, su autorización estará condicionada a lo regulado en su oportuno plan de manejo.»
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- Ver la norma completa: Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.