Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Disposición final cuarta de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. · BOE-A-2012-3414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.
Texto consolidado
1. La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
2. La obligación de proporcionar el enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña en la publicación de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento urbanístico a que se refiere el artículo 103.3 del texto refundido de la Ley de urbanismo, en la redacción de la presente ley, entra en vigor el 30 de junio de 2012.