Disposición final cuarta.
Disposición final cuarta de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996
Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación, salvo las disposiciones contenidas en el título VII, relativas al régimen sancionador, que entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la presente Ley.