El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

Disposición final cuarta de la Ley 10/2009, de 20 de octubre, de creación de órganos consultivos del Estado en el ámbito agroalimentario y de determinación de las bases de representación de las organizaciones profesionales agrarias. · BOE-A-2009-16726

Atención: Ley 10/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El párrafo primero del apartado 5 del artículo 2, queda redactado como sigue:

«Agricultor profesional, la persona física que siendo titular de una explotación agraria, al menos el 50 por cien de su renta total la obtenga de actividades agrarias u otras actividades complementarias, siempre y cuando la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria no sea inferior al 25 por cien de su renta total y el volumen de empleo dedicado a actividades agrarias o complementarias sea igual o superior a la mitad de una Unidad de Trabajo Agrario.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-21.

Más artículos de Ley 10/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.