Disposición final cuarta. Delegación legislativa para la refundición de normas reguladoras del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control interno del sector público.
Disposición final cuarta de la Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-2340
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-12.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley y a propuesta del Consejero competente en materia de Hacienda, apruebe un texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura y proceda a su sistematización, regularización, aclaración y armonización.