Disposición final cuarta. Deslegalización y habilitación normativa.
Disposición final cuarta del Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19. · BOE-A-2020-7440
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-13.
Texto consolidado
El titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital podrá llevar a cabo, mediante Orden, aquellas modificaciones que resulten necesarias en la regulación de las ayudas llevada a cabo por el presente decreto-ley.
Igualmente, se habilita a los órganos competentes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para dictar las resoluciones que sean procedentes para la aplicación del presente decreto-ley en las cuestiones relativas a las ayudas y subvenciones en él previstas.
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