Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 957/2020, de 3 de noviembre, por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano. · BOE-A-2020-14960
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
2. En particular, quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
a) Los artículos 2.16, 2.18, y el capítulo VI del Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.
b) La Orden SAS/3470/2009, de 16 de diciembre, por la que se publican las directrices sobre estudios posautorización de tipo observacional para medicamentos de uso humano.
Más artículos de Real Decreto 957/2020
- ← Disposición transitoria única. Régimen transitorio aplicable a los estudios observacionales con medicamentos ya clasi…
- → Disposición final primera. Modificación del Estatuto de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, a…
- Ver la norma completa: Real Decreto 957/2020, de 3 de noviembre, por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano.