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Real Decreto Derogada

Disposición derogatoria única. Eficacia derogatoria.

Disposición derogatoria única del Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales. · BOE-A-1999-2637

Atención: Real Decreto 81/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) El Real Decreto 1145/1992, de 25 de septiembre, por el que se regula la prestación de determinados servicios rápidos internacionales de recogida, transporte y entrega de cargas y tarjetas postales.

b) La Orden del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 25 de marzo de 1993 de desarrollo del Real Decreto 1145/1992, de 25 de septiembre, por el que se regula la prestación de determinados servicios rápidos internacionales de recogida, transporte y entrega de cartas y tarjetas postales.

c) La Orden del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 19 de abril de 1993, sobre registro de actividades de correspondencia urbana.

2. Quedan derogadas, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-02-04.

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