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Real Decreto Derogada

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única del Real Decreto 53/1995, de 20 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza y de la malta liquida. · BOE-A-1995-3394

Atención: Real Decreto 53/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Quedan derogados:

El Real Decreto 1456/1981, de 10 de abril, por el que se aprueba el nuevo texto revisado de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza.

El Real Decreto 865/1984, de 28 de marzo, por el que se modifica alguno de los artículos de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza, aprobada por el Real Decreto 1456/1981, de 10 de abril.

El Real Decreto 887/1988, de 29 de julio, por el que se modifica los artículos 27 y 34 de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza, aprobada por el Real Decreto 1456/1981, de 10 de abril, y modificada a su vez por el Real Decreto 865/1984, de 28 de marzo.

Cuantas disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-10.

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