Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 52/1995, de 20 de enero, por el que se establece los principios relativos a las condiciones zootécnicas y genealógicas aplicables a la importación de animales, esperma, óvulos y embriones procedentes de terceros países. · BOE-A-1995-3552
Atención: Real Decreto 52/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Queda derogada la Orden ministerial de 16 de abril de 1990 por la que se actualiza las condiciones zoo-técnicas para el comercio intracomunitario y con terceros países de reproductores y material genético bovino de raza pura y cuantas disposiciones de igual e inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Real Decrete.
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