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Real Decreto Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. · BOE-A-2006-7264

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-25.

Texto consolidado

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o de inferior rango que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con las de este real decreto y, en particular, las siguientes:

a) El Real Decreto 831/1989, de 7 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la disposición transitoria undécima de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

b) El Real Decreto 1448/1989, de 1 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 77 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

c) El Real Decreto 1390/1990, de 2 de noviembre, sobre colaboración de las Administraciones públicas en materia de gestión catastral y tributaria e inspección catastral.

d) El Real Decreto 1344/1992, de 6 de noviembre, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias de las Juntas Periciales de Catastros Inmobiliarios Rústicos.

e) El Real Decreto 1485/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba las normas que han de regir para el acceso y distribución pública de información catastral cartográfica y alfanumérica de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, de la Secretaría de Estado de Hacienda.

f) El Real Decreto 407/2001, de 20 de abril, sobre composición, funciones y régimen de funcionamiento del Consejo Superior de la Propiedad Inmobiliaria y de las Comisiones Superiores de Coordinación Inmobiliaria de rústica y de urbana.

g) Apartados 5 a 8 del artículo 6, salvo en lo que afecta a la renovación, sustitución y cese de los representantes de las entidades locales; artículo 13, con excepción de la determinación del ámbito de los Consejos Territoriales de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid y Barcelona y de la regulación sobre la designación, elección, sustitución y renovación de los representantes de las entidades locales; y disposición transitoria segunda de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-25.

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