Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. · BOE-A-2000-24019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-16.
Texto consolidado
Quedan derogados:
a) El Decreto de 12 de marzo de 1954 por el que se aprueba el texto unificado del reglamento de «Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía».
b) El Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas.
c) El Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo.
d) El Real Decreto 2949/1982, de 15 de octubre, por el que se dan normas sobre acometidas eléctricas y se aprueba el Reglamento correspondiente.
Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o menor rango en lo que se oponga al presente Real Decreto.
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