Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria. · BOE-A-1996-18085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-07.
Texto consolidado
Quedan derogados:
a) El Real Decreto 2827/1977, de 6 de octubre, sobre visado de la publicidad médico-sanitaria.
b) La Orden de 26 de septiembre de 1983, sobre autorización, control y registro sanitario de determinados preparados para mantener o mejorar el estado o apariencia de las personas, en cuanto se oponga a lo establecido en este Real Decreto.
c) Las demás normas de igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo establecido en este Real Decreto.