Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1892/2004, de 10 de septiembre, por el que se dictan normas para la ejecución del Convenio Internacional sobre la responsabilidad civil derivada de daños debidos a la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos. · BOE-A-2004-16317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-09-19.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en particular, las disposiciones siguientes:
a) La Orden de 4 de marzo de 1976, por la que se dictan normas para la ejecución de lo establecido por el Convenio Internacional sobre la responsabilidad civil derivada de daños debidos a la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos.
b) La Orden de 24 de febrero de 1977, sobre despacho y navegación de buques que transporten como carga hidrocarburos a granel.
c) La Orden de 31 de diciembre de 1977, por la que se dan normas para la aplicación de la Orden de 24 de febrero de 1977, sobre despacho y navegación de buques que transporten como carga hidrocarburos a granel.
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