Disposición derogatoria única. Eficacia derogatoria.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales. · BOE-A-1999-24919
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El Decreto 1113/1960, de 19 de mayo, por el que se aprueba la Ordenanza Postal.
b) El Decreto 1653/1964, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Correos.
c) El Real Decreto 3155/1979, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Giro Nacional.
d) El Real Decreto 772/1980, de 29 de febrero, por el que se regulan los servicios en el medio rural.
e) El Real Decreto 1810/1986, de 22 de agosto, por el que se da nueva redacción a determinados artículos de la Ordenanza Postal y del Reglamento de los Servicios de Correos.
2. Quedan derogadas, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
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