Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes. · BOE-A-1998-22628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-30.
Texto consolidado
Quedan derogadas las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 13 de junio de 1997 por la que se regula la pesca de arrastre de fondo en la isla de Alborán y de 31 de julio de 1997 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán.
Más artículos de BOE-A-1998-22628
- ← Disposición transitoria primera. Autorizaciones.
- → Disposición final primera. Facultad de aplicación.
- Ver la norma completa: Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el entorno de la isla de Alborán y se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros adyacentes.