Disposición derogatoria única. Derogación de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de noviembre de 1991, así como de las órdenes modificativas de la misma o del Reglamento de la Denominación «Cava» y de su Consejo Regulador.
Disposición derogatoria única de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
Se deroga la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de noviembre de 1991 por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación «Cava» y de su Consejo Regulador, salvo el artículo 30 de su anexo, el cual permanecerá en vigor en tanto no se incorpore su contenido en el pliego de condiciones de la Denominación de Origen Cava. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta.
Más artículos de Orden APM/111/2018
- ← Disposición transitoria cuarta. Aplicación transitoria de determinados preceptos del Reglamento de la Denominación «C…
- → Disposición final primera. Titulo competencial.
- Ver la norma completa: Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava".