Disposición derogatoria única. Disposiciones derogadas.
Disposición derogatoria única de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. · BOE-A-2007-2008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-20.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas las siguientes normas:
a) La Ley Foral 14/1983, de 30 de marzo, de Servicios Sociales.
b) La Ley Foral 20/1985, de 25 de octubre, de Conciertos en materia de servicios sociales.
c) La Ley Foral 9/1990, de 13 de noviembre, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales.
d) El Decreto Foral 11/1987, de 16 de enero, por el que se establece el régimen de los Servicios Sociales de base.
e) Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley Foral.
2. Continúa vigente el Decreto Foral 209/1991, de 23 de mayo, por el que se desarrolla la Ley Foral 9/1990, de 13 de noviembre, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales, en todo aquello que no se oponga a lo establecido en esta Ley Foral.