Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario. · BOE-A-2022-2541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-02.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de la presente ley quedarán derogadas las siguientes disposiciones, así como cuantas otras normas y disposiciones se opongan a lo establecido en la misma:
a) La Ley 1/1996, de 27 de junio, de Cámaras Agrarias de Castilla-La Mancha.
b) El Decreto 124/1996, de 30 de septiembre, sobre tutela administrativa y económica de las Cámaras Agrarias de Castilla-La Mancha y su funcionamiento provisional hasta la constitución de los nuevos plenos electos.
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