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Ley Vigente

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Texto consolidado

Quedan derogadas todas las disposiciones con el mismo rango que esta ley o con rango inferior que se opongan a lo que en ella se establece; y expresamente el artículo 20 de la Ley 14/1998, de 23 de diciembre, de diversas medidas tributarias y administrativas; el artículo 34 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública; el Decreto 17/1986, de 27 de febrero, por el que se regula la inspección en materia de pesca marítima, competencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears; y el Decreto 59/1989, de 11 de mayo, sobre el procedimiento sancionador en materia de pesca y cultivos marinos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

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