Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente ley y, en especial:
a) Los artículos 6, 7 y 8 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.
b) El Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) La Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) La disposición final tercera de la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Más artículos de Ley 5/2021
- ← Disposición transitoria tercera. Inscripción en el Registro de Entes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- → Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto …
- Ver la norma completa: Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.