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Ley Derogada

Disposición derogatoria única. Derogaciones y vigencias.

Disposición derogatoria única de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10725

Atención: Ley 5/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en esta Ley y, en particular, las siguientes:

a) Los artículos 8 y 14 del Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid.

b) La Orden 2188/1996, de 15 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, por la que se crea el Registro de Productores de Residuos Biosanitarios y Citotóxicos.

c) La Orden 917/1996, de 4 junio, del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, por la que se regula la gestión de los aceites usados en la Comunidad de Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

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