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Ley Vigente

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social. · BOE-A-1994-28968

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-01.

Texto consolidado

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente Ley y, en particular las siguientes:

1. La disposición adicional cuarta de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiación de la Reforma Educativa.

2. El número 4 del artículo 131 y los artículos 135 y 136 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.

3. Los artículos 18, apartados 1 y 2, 19 y 21 de la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de Adecuación de determinados conceptos impositivos a las directivas y reglamentos de las Comunidades Europeas.

4. El apartado dos del artículo 37 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

5. Las disposiciones adicionales décima, undécima y duodécima de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

6. Los artículos 23 y 24 de la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-01.

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