Disposición derogatoria única. Derogación de otras disposiciones legales.
Disposición derogatoria única de la Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja. · BOE-A-2024-14006
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-02.
Texto consolidado
1. Queda derogada la Ley 5/2021, de 26 de octubre, sobre enseñanza de religión y sus alternativas.
2. Quedan derogados el apartado 4 del artículo 9 y el apartado 3 del artículo 26 de la Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja.
3. Queda derogada la disposición adicional décima de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
4. Queda derogado el apartado 3 del artículo 31 de la Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
5. Queda derogado el artículo 14 de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.
6. Quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Más artículos de Ley 4/2024
- ← Disposición transitoria única. Aplicación del apartado 3 de la disposición derogatoria de esta ley.
- → Disposición final única. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja.