Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia. · BOE-A-2017-12357
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-11.
Texto consolidado
1. Queda derogada la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de los animales domésticos y salvajes en cautividad, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en la presente ley.
2. El Decreto 153/1998, de 2 de abril, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de los animales domésticos y salvajes en cautividad, permanecerá vigente en lo que no se oponga a la presente ley, en tanto en cuanto no se apruebe su normativa de desarrollo.
3. El Decreto 90/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crean los registros gallegos de Identificación de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos y de Adiestradores Caninos, permanecerá vigente en lo que no se oponga a la presente ley.