Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón. · BOE-A-2014-8281
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en esta ley y, en particular, las siguientes:
a) Las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y quinta y la disposición transitoria tercera de la Ley 1/1991, de 4 de enero, Reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón.
b) El Decreto-ley 1/2012, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, de medidas en materia de Cajas de Ahorros.
c) La disposición final tercera de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) La disposición adicional segunda de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.