Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales. · BOE-A-2007-9330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-18.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en esta Ley. En particular, quedan derogados los artículos 54 a 57 de la Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de protección de los animales.