Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración. · BOE-A-2015-5676
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-20.
Texto consolidado
1. Quedan derogados los artículos 4, 6 y 12.2 de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega.
2. Quedan derogados los artículos 127, 128, 129, 130, 132, 133, 134 y 135, así como la disposición adicional única de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.
3. Quedan derogados el artículo 37 y la disposición transitoria segunda de la Ley 3/2002, de 29 de abril, de medidas fiscales y administrativas.
4. Quedan suprimidos los artículos 20 y 21 de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo.
5. Quedan derogados los artículos 41 y 42 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
6. Queda derogado el artículo 36 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
7. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que contradigan o se opongan a lo contenido en la presente ley.
Más artículos de Ley 1/2015
- ← Disposición transitoria tercera. Contratación y convenios de colaboración.
- → Disposición final primera. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
- Ver la norma completa: Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración.