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Decreto Legislativo Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. · BOA-d-2011-90007

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-23.

Texto consolidado

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Decreto Legislativo y al Texto Refundido que, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», se aprueba y, en particular, las siguientes:

a) El Título Preliminar de la Compilación del Derecho Civil de Aragón.

b) La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte.

c) La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas.

d) La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad.

e) La Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Derecho de la persona.

f) La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.

g) La Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-23.

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