Disposición derogatoria segunda.
Disposición derogatoria segunda de la Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo. · BOE-A-2003-5702
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-02-22.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de la presente Ley Foral, no será de aplicación en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra la Orden Ministerial de 11 de agosto de 1972, por la que se aprueba el Estatuto de los Directores de Establecimientos de Empresas Turísticas.