Disposición derogatoria primera.
Disposición derogatoria primera de la Ley 5/2020, de 1 de diciembre, de Instituciones Museísticas de Extremadura. · BOE-A-2020-16421
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-04.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley. La normativa en materia de Patrimonio Histórico que no se oponga a lo previsto en la presente permanecerá en vigor hasta tanto no se aprueben las normas reglamentarias que las sustituyan.