Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. · BOE-A-2017-657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-18.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones transitoria segunda y tercera, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley y, de forma expresa, a la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía.
2. Hasta que se proceda a la aprobación del desarrollo reglamentario de la presente ley, serán de aplicación las normas actualmente vigentes dictadas en desarrollo de la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, en lo que no sean contrarias a lo dispuesto en la presente ley y en tanto no sean sustituidas o derogadas.