Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria de la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias. · BOE-A-1991-20736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-08-25.
Texto consolidado
Quedan expresamente derogados los artículos que comprenden la sección primera, excepto el artículo 6; la sección segunda y la sección cuarta, excepto el apartado 3 del artículo 12, de la Ley 1/1982, de 24 de mayo, de Organización y Funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias, convalidada y modificada parcialmente por la Ley 9/1983, de 12 de diciembre.