Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1998-205
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-09.
Texto consolidado
Quedan derogados, en todo aquello en lo que se opongan a la presente ley, el Decreto 123/1986, de 20 de octubre, del Gobierno valenciano, y el Decreto 17/1987, de 13 de abril, del Presidente de la Generalidad, así como cualquier otra disposición que sea contraria a lo previsto en esta Ley.