Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria de la Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos. · BOE-A-1993-30268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-05.
Texto consolidado
Quedan derogados los artículos 4, 5, 6, 14, 15, 16 párrafo primero, 17 y 19 de la Ley del Principado de Asturias 3/1988, de 10 de junio, de sanciones de pesca, y cuantas normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta Ley.