Disposición adicional vigesimosexta. Electrificación del transporte ferroviario.
Disposición adicional vigesimosexta de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. · BOE-A-2025-24545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-05.
Texto consolidado
El Gobierno adoptará las disposiciones necesarias para que, en el marco de la planificación del desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con horizonte 2030, así como en sus diferentes actualizaciones y modificaciones de aspectos puntuales, se impulse el desarrollo del transporte ferroviario electrificado.
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