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Ley Vigente

Disposición adicional vigesimosegunda. Gratuidad del servicio público.

Disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. · BOE-A-2014-10517

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-17.

Texto consolidado

A partir de la entrada en vigor en su totalidad de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, la prestación del servicio público que constituye el Registro Civil continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-17.

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