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Ley Vigente

Disposición adicional vigesimoquinta. Régimen jurídico aplicable a los administradores generales de infraestructuras ferroviarias.

Disposición adicional vigesimoquinta de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. · BOE-A-2015-10566

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Los administradores generales de infraestructuras ferroviarias preservarán su naturaleza de entidades públicas empresariales y, con las especialidades contenidas en su legislación propia, se regirán por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector del Sector Público a excepción de lo dispuesto en los artículos 103.1 y 107.3 de dicha Ley, exclusivamente en lo que se refiere a la financiación mayoritaria con ingresos de mercado.#df-35

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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