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Ley Derogada

Disposición adicional vigésimo octava. Régimen de subcontratación de prestaciones contratadas por las Entidades públicas empresariales.

Disposición adicional vigésimo octava de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. · BOE-A-2007-18874

Atención: Ley 30/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En los contratos celebrados por las Entidades públicas empresariales, la subcontratación de las prestaciones objeto de aquéllos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 210, si bien la referencia a las prohibiciones de contratar que se efectúa en el apartado 4 de este artículo debe entenderse limitada a las que se enumeran en el artículo 49.1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-30.

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