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Ley Derogada

Disposición adicional vigésimo novena

Disposición adicional vigésimanovena de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. · BOE-A-2003-21615

Atención: Ley 48/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos de aplicación del régimen económico del sistema portuario previsto en esta Ley y, en particular, del establecimiento y exigencia de las tasas portuarias con respecto al transporte marítimo de tránsito internacional, las terminales de los puertos canarios al estar situados en una región ultraperiférica europea, tendrán la consideración de plataforma logística atlántica para Europa, por lo que podrán aplicar el máximo de bonificación prevista para este supuesto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-27.

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