Disposición adicional vigésima sexta. Pagos a justificar para actuaciones de promoción del turismo.
Disposición adicional vigésima sexta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. · BOE-A-2003-21614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
En el caso de libramientos a justificar periódicos para gastos en el extranjero, destinados a actuaciones promocionales del organismo autónomo Instituto de Turismo de España, a financiar con cargo al crédito del artículo 64 «Gastos en inversiones de carácter inmaterial», del programa 432A «Coordinación y promoción del turismo», dichas actuaciones podrán ajustarse en caso de surgir necesidades debidamente justificadas, no previstas cuando se realizó el libramiento, siempre que se respete la especialidad del crédito contra el que se efectuó el libramiento y los límites previstos en el artículo 79 de esta ley.#df-14
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