Disposición adicional vigésima séptima. Actas extendidas o promovidas por los controladores laborales.
Disposición adicional vigésima séptima de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.
Texto consolidado
Se añade un número al artículo 52 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre infracciones y sanciones en el orden social, con el texto siguiente:
«3. Igualmente harán fe, salvo prueba en contrario, las actas de infracción promovidas por los Controladores Laborales, así como las actas de liquidación extendidas por los mismos de conformidad con los cometidos y atribuciones que les confiere el Real Decreto 1667/1986, de 26 de mayo, respecto de los hechos que hayan sido comprobados por el Controlador Laboral actuante, que se incorporarán necesariamente al acta.»