Disposición adicional vigésima segunda. Créditos a la exportación con apoyo oficial.
Disposición adicional vigésima segunda de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1997-28053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
El importe máximo de los créditos a la exportación a que se refiere el artículo 4.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 677/1993, de 7 de mayo, que podrán ser aprobados durante 1998 asciende a 80.000 millones de pesetas.
Más artículos de Ley 66/1997
- ← Disposición adicional vigésima primera. Denominación de los cuerpos del grupo A de la Administración de la Seguridad …
- → Disposición adicional vigésima tercera. Desaparición del régimen especial de determinación proporcional de las bases …
- Ver la norma completa: Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.