El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional vigésima segunda.

Disposición adicional vigésima segunda de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987. · BOE-A-1986-33382

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-01-13.

Texto consolidado

Uno. Con el fin de adaptar lo dispuesto en la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, de Impuestos Especiales, a las Directivas Comunitarias vigentes se da nueva redacción al apartado 7 del artículo 15, apartado 2 del artículo 24 y apartado 3 del artículo 38 de dicha Ley y se introduce un nuevo caso en el apartado 1 del artículo 30, conforme a los textos siguientes:

«Artículo 15, apartado 7.

Las importaciones de alcohol y bebidas derivadas en régimen de viajeros o de pequeños envíos en cantidades que no excedan de las establecidas reglamentariamente de acuerdo con la normativa comunitaria.»

«Artículo 24, apartado 2.

La importación de cerveza en régimen de viajeros o de pequeños envíos que no constituyen expedición comercial.»

«Artículo 38, apartado 3.

Las importaciones en régimen de viajeros o de pequeños envíos en cantidades que no excedan de las establecidas reglamentariamente de acuerdo con la normativa comunitaria.»

«Artículo 30, apartado I.

f) La importación de combustibles y carburantes contenidos en los depósitos normales de automóviles de turismo o de vehículos que efectúen transportes internacionales de viajeros y mercancías, con los límites que reglamentariamente se establezcan de conformidad con las Directivas Comunitarias.»

Dos. Durante el año 1987, las mistelas y los vinos especiales que, según La Ley 25/1970, de 2 de diciembre, Estatuto de la Viña, el Vino y de los Alcoholes, necesitan de la adición de alcohol, tendrán, a los efectos exclusivos de la exigibilidad del pago del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, regulado por la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, de Impuestos Especiales, La consideración de bebidas derivadas.

Se reconoce el derecho a la devolución de las cuotas previamente satisfechas por las existencias, en establecimiento elaborador, de alcohol como tal o incorporado a dichas bebidas, en 31 de diciembre de 1986.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 41, de 17 de febrero de 1987. Ref. BOE-A-1987-4241.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-01-13.

Más artículos de Ley 21/1986

En El Vínculo puedes leer Ley 21/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.