Disposición adicional vigésima. Del mantenimiento de la aptitud para el servicio.
Disposición adicional vigésima del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. · BOE-A-2009-10900
Atención: Real Decreto 973/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Al objeto de prevenir la fatiga, a toda persona que se le hayan encomendado tareas como oficial encargado de una guardia o como marinero que forme parte de la misma, o determinados cometidos de seguridad, protección y prevención de la contaminación, se le asignará un periodo de descanso según lo previsto en el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.