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Ley Vigente

Disposición adicional vigésima primera. Suministro de información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Disposición adicional vigésima primera de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social. · BOE-A-1994-28968

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-01.

Texto consolidado

Por los organismos competentes dependientes del Ministerio de Justicia e Interior, en colaboración con los correspondientes del Ministerio de Economía y Hacienda, se facilitarán a la Administración Tributaria, con la periodicidad que se determine, y siempre después de dos meses desde que acaezcan los hechos respectivos, los datos personales informatizados de todas las defunciones y matrimonios.

Los datos que se faciliten deberán contener, en todo caso, nombre y apellidos, documento nacional de identidad y domicilio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-01.

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